• UVaDOC: Repositorio Documental UVa
  • UVaDOC: Producción Científica
  • Tesis Doctorales
  • UVaDOC: Trabajos Fin de Estudios
  • Acceso Abierto
  • Consorcio BUCLE
  • Proyectos Europeos de Investigación
  • Noticias

Repositorio Documental de la UVa

~ UVaDOC

Repositorio Documental de la UVa

Search results for: ley ciencia

Investigación: Ley Ciencia

12 jueves Ene 2023

Posted by UVADOC in Derechos de Autor

≈ Comentarios desactivados en Investigación: Ley Ciencia

La propiedad intelectual sobre los resultados de investigación del profesorado universitario y la obligación de acceso abierto

Román Pérez, Raquel de. La propiedad intelectual sobre los resultados de investigación del profesorado universitario y la obligación de acceso abierto tras la reforma de la Ley de la Ciencia: ¿Cambio de paradigma?.  Revista de Derecho Civil. 2022, V. IX, n. 4, p. 303-349. http://hdl.handle.net/10259/7227

by Giammarco Boscaro en Unsplash

En septiembre de 2022 se ha reformado la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en cuestiones que tienen que ver con la propiedad intelectual de las obras y otros resultados que produce el profesorado al desarrollar su actividad de investigación. Ahora, el artículo 35 se ocupa de la titularidad de los derechos sobre los resultados de las actividades de investigación del personal de las universidades y otras entidades públicas, que antes se regulaba en la Ley de economía sostenible. También se ha reformado el mandato del artículo 37, sobre puesta a disposición del público en acceso abierto de los resultados de investigación. Con este trabajo se analiza cómo afectan ambos preceptos al profesorado universitario. Se trata de aclarar, entre otras cuestiones, si la nueva regulación atribuye o no con carácter general los derechos de explotación sobre las obras del profesorado a las universidades en las que desarrolla su actividad investigadora, si son las universidades o el profesorado quienes deben cumplir con el mandato de acceso abierto, y en qué medida el artículo 37 deja de ser una norma dispositiva. Se concluye que no hay atribución a las universidades de los derechos de explotación sobre las obras resultado de la investigación, sino que se conservan por el profesorado en aplicación de la Ley de propiedad intelectual a la que remite el artículo 35, 2 de la Ley de la ciencia. Que el artículo 37 regula una nueva obligación de depósito de las publicaciones y datos en repositorios, para el profesorado y otro personal de investigación de las universidades y otras entidades públicas. Y que los sujetos comprometidos a poner a disposición del público los resultados de investigación en abierto, cuando lo establecen las condiciones de las convocatorias de ayudas públicas con las que se han financiado, son los investigadores e investigadoras.

Acceso Abierto y Ley de Ciencia

07 lunes Nov 2022

Posted by UVADOC in Acceso Abierto

≈ Comentarios desactivados en Acceso Abierto y Ley de Ciencia

Acceso Abierto y la nueva Ley de Ciencia

Acceso Abierto y la nueva Ley de Ciencia. Martínez Galindo, Francisco Jesús. https://riunet.upv.es/handle/10251/188685

Webinar organizado por REBIUN con motivo de la Semana del acceso abierto 2022 que se celebra del 24 al 28 de octubre. Junto con otras formaciones se agrupan bajo el título «Investigación, datos y docencia: tan abiertos como sea necesario», dirigidos principalmente al personal investigador. Presentación

Cumplimiento de la Ley de Ciencia (artículo 37)

27 jueves Oct 2016

Posted by UVADOC in Acceso Abierto, Investigación

≈ Comentarios desactivados en Cumplimiento de la Ley de Ciencia (artículo 37)

Informe de la Comisión de Seguimiento sobre el grado de cumplimiento del artículo 37 de la Ley de Ciencia (Fecha de publicación 29 Junio 2016) Ver Informe

Con motivo de la Semana Internacional del Acceso Abierto, la FECYT presentó este Informe en la sesión organizada por REBIUN en  la Universidad Carlos III.

El OBJETIVO de este informe es hacer una primera medición del cumplimiento de esta obligación para que sirva como referencia y punto de arranque para desarrollar una política de seguimiento y proponer un plan de actuación con las medidas necesainforme-fecytrias para avanzar en este cumplimiento.

INTRODUCCIÓN:

En los últimos años la comunidad científica, así como las entidades públicas financiadoras de la investigación, han adquirido el convencimiento de que la difusión abierta de la ciencia no sólo es justa, sino que comporta mejor ciencia. Justa porque se hace público lo que se financia con fondos públicos, mejor ciencia porque ésta llega a más gente y de forma más fácil.

El Open Access o Acceso Abierto a los resultados de la investigación están hoy en el centro de la mayoría de las instituciones con algún papel en la diseminación de la ciencia. España se ha sumado de forma activa al movimiento con el artículo 37 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que marcó la obligación legal para la comunidad de científicos españoles de depositar en acceso abierto una copia de los artículos que publicaran en el marco de sus proyectos de I+D+i nacionales.

Veamos los antecedentes de este informe:

  • la FECYT publicó en octubre del 2014 el documento de Recomendaciones para la implementación del artículo 37 de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. 
  • En el primer trimestre del 2015, FECYT creó una comisión de seguimiento que ha estado estudiando cómo medir el grado de cumplimiento del mandato de depósito en abierto por parte de la comunidad investigadora.
  • En junio de 2016, la Comisión de Seguimiento elaboró un informe con el objetivo de hacer una primera medición del cumplimiento de esta obligación  que sirva como referencia y punto de arranque para desarrollar una política de seguimiento y proponer un plan de actuación con las medidas necesarias para avanzar en este cumplimiento.

Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

Post relacionados

Acceso Abierto: Ley de la Ciencia

16 lunes Mar 2015

Posted by UVADOC in Acceso Abierto

≈ Comentarios desactivados en Acceso Abierto: Ley de la Ciencia

Tags

Acceso Abierto, la Tecnología y la Innovación, Ley de la Ciencia

RECOLECTA. [e-Book]  Recomendaciones para la implementación del artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Madrid, Ministerio de Economía y Competitividad, 2014.

Texto completo

La Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, publicada en junio de 2011, recoge en su artículo 37 los principales aspectos a tener en cuenta a la hora de llevar a cabo la difusión en abierto de los resultados de la investigación financiada con fondos públicos y aceptados para su publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas. Sin embargo, las dudas que han surgido en los diferentes ámbitos de aplicación han motivado la realización de un ejercicio de reflexión que permita ordenar cuáles son los pasos que los diferentes agentes involucrados deberían abordar para un correcto cumplimiento de la normativa legal y facilitar así la adecuada aplicación del artículo sobre «Difusión en acceso abierto». El objetivo de este documento es contar con una guía práctica que defina los aspectos principales de la política nacional de acceso abierto y despeje el camino a todos los actores afectados, al especificar cuáles son los nuevos roles que habrán de adoptarse y elaborar una serie de recomendaciones destinadas a todos los colectivos implicados en la producción y gestión del mercado de la información científica.

Fuente: Julio Alonso Arévalo

Digitalia: http://sabus.usal.es/docu/
Universo abierto: http://www.universoabierto.com/

– Fundación Española de Ciencia y Tecnología (FECYT) Recomendaciones para la implementación del artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (Resumen). 2014.

Acceso abierto en la ley de Ciencia

14 martes Oct 2014

Posted by UVADOC in Acceso Abierto

≈ Comentarios desactivados en Acceso abierto en la ley de Ciencia

Tags

Acceso Abierto, Investigación, Ley de Ciencia

La Web de RECOLECTA ha publicado el documento Recomendaciones para la implementación del artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación . Se trata de una guía práctica que define los aspectos principales de la política nacional de acceso abierto y especifica cuáles son los nuevos roles que habrán de adoptar los colectivos implicados en la producción y gestión del mercado de la información científica.

La disposición del artículo 37 de esta ley se refieren a los principales aspectos que hay que tener en cuenta a la hora de la difusión en abierto de los resultados de la investigación financiada con fondos públicos y aceptados para su publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas. Las dudas generadas en torno a su aplicación han propiciado la elaboración de estas Recomendaciones, que se presentan como una guía práctica que define los aspectos principales de la política nacional

Contiene un capítulo de recomendaciones específicas para gestores de ayudas públicas a la I+D+i, otro para las universidades y centros de investigación, otro para los investigadores y otro para las entidades suscriptoras de revistas científicas. Este documento ha sido coordinado por FECYT en el marco de las actividades de RECOLECTA, cuyas actuaciones se enmarcan en el convenio de colaboración con REBIUN.

Recolecta: http://recolecta.fecyt.es/

 

 

Ley de Ciencia

06 jueves Sep 2012

Posted by UVADOC in Acceso Abierto, Legislación

≈ Comentarios desactivados en Ley de Ciencia

Tags

Acceso Abierto, Ciencia, Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación

Acceso abierto: Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

Se ha aprobado definitivamente por el Pleno del Congreso de los Diputados la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. En esta ley se incluye un artículo sobre el archivo en repositorios de acceso abierto de los resultados de investigación financiados con fondos de la Administración general del Estado. Estamos ante una excelente noticia que todos en la comunidad de acceso abierto.

“Una de las novedades de la ley es la previsión que establece sobre publicación en acceso abierto, que dispone que todos los investigadores cuya actividad haya sido financiada con los Presupuestos Generales del Estado están obligados a publicar en acceso abierto una versión electrónica de los contenidos aceptados para publicación en publicaciones de investigación. Para su desarrollo, se encomienda a los agentes del Sistema el establecimiento de repositorios institucionales de acceso abierto”

“Los agentes del Sistema Español de Ciencia y Tecnología impulsarán el desarrollo de repositorios, propios o compartidos, de acceso abierto a las publicaciones de su personal de investigación.”

Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU)

04 viernes Ago 2023

Posted by UVADOC in Open Science

≈ Comentarios desactivados en Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU)

Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU)

La nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) en España entró en vigor el 12 de abril de 2023, tras la aprobación definitiva del texto normativo el pasado 23 de marzo de 2023 en el Congreso de los Diputados, y su posterior publicación en el Boletín Oficial de España (BOE).

Tiene como objetivo la regulación del sistema universitario, integrado por universidades públicas y privadas, y de los mecanismos de coordinación, cooperación y colaboración entre las administraciones públicas con competencias en la materia.

Promueve la labor conjunta con la sociedad de creación y difusión del conocimiento, fomentando la Ciencia Abierta y Ciudadana mediante el acceso a publicaciones, datos, códigos y metodologías que garanticen la comunicación de la investigación.

Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario

Año: 2023. Autor: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

TÍTULO IV Investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación

Artículo 12. Fomento de la Ciencia Abierta y Ciencia Ciudadana.

1. El conocimiento científico tendrá la consideración de un bien común. Las Administraciones Públicas y las universidades promoverán y contribuirán activamente a la Ciencia Abierta mediante el acceso abierto a publicaciones científicas, datos, códigos y metodologías que garanticen la comunicación de la investigación, a fin de alcanzar los objetivos de investigación e innovación responsables que se impulsen desde la comunidad científica, así como los objetivos de libre circulación de los conocimientos científicos y las tecnologías que promulga la política europea de investigación y desarrollo tecnológico.

2. El personal docente e investigador deberá depositar una copia de la versión final aceptada para publicación y los datos asociados a la misma en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, de forma simultánea a la fecha de publicación.

3. La versión digital de las publicaciones académicas se depositará en los repositorios institucionales, sin perjuicio de otros repositorios de carácter temático o generalista.

4. Los Ministerios de Universidades y de Ciencia e Innovación y los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas, cada uno en su ámbito de actuación, promoverán otras iniciativas orientadas a facilitar el libre acceso a los datos generados por la investigación (datos abiertos) y a desarrollar infraestructuras y plataformas abiertas.

5. Los datos, entendidos como aquellas fuentes primarias necesarias para validar los resultados de las investigaciones, deberán seguir los principios FAIR (datos fáciles de encontrar, accesibles, interoperables y reutilizables) y, siempre que sea posible, difundirse en acceso abierto.

6. Las universidades deberán promover la transparencia en los acuerdos de suscripción con editoriales científicas.

7. Las bibliotecas y otras unidades universitarias facilitarán el acceso de la ciudadanía a los recursos informativos, digitales y no digitales así como la formación necesaria para promover la difusión de la Ciencia Abierta en la comunidad universitaria y en el conjunto de la sociedad.

8. Las agencias de calidad estatal y autonómicas incluirán entre sus criterios y requisitos de evaluación la accesibilidad en abierto de los resultados científicos del personal docente e investigador.

9. Las agencias de calidad utilizarán los repositorios institucionales como forma de acceso a la documentación, para garantizar la agilidad de los procedimientos de evaluación.

10. Se fomentará la Ciencia Ciudadana como un campo de generación de conocimiento compartido entre la ciudadanía y el sistema universitario de investigación. Con el objetivo de promover la reflexión científica, tecnológica, humanística, artística y cultural y su aplicación a los retos sociales, las universidades favorecerán e impulsarán la colaboración con los actores sociales, y con las Administraciones Públicas, en especial con las Comunidades Autónomas y la Administración Local.

11. Lo anterior será compatible con la posibilidad de tomar las medidas oportunas para proteger, con carácter previo a la publicación científica, los derechos sobre los resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación, de acuerdo con las normativas nacionales y europeas en materia de propiedad intelectual e industrial, obtenciones vegetales o secreto empresarial.

Ciencia, la Tecnología y la Innovación

13 martes Sep 2022

Posted by UVADOC in Investigación

≈ Comentarios desactivados en Ciencia, la Tecnología y la Innovación

Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

Enlace: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-14581

Permalink ELI:https://www.boe.es/eli/es/l/2022/09/05/17

El valor de la I+D+I como política aceleradora del progreso exige la generación de conocimiento en todos los ámbitos, su difusión, favoreciendo el acceso abierto, y su aplicación para la obtención de un beneficio social y económico, mediante actividades cuyo desarrollo ha sido clave para la convergencia en el entorno internacional, que tienen un efecto multiplicador en su impulso hacia un desarrollo sostenible en políticas sectoriales y trasversales

Para afrontar las carencias apuntadas, en primer lugar, el personal investigador, responsable de la generación del conocimiento, debe recibir incentivos suficientes para estimular la publicación de los resultados de investigación en acceso abierto y realizar transferencia de conocimiento generado, y deben facilitársele las herramientas y suprimir los obstáculos con que se encuentra para hacerlo.

Se modifica el artículo 37, que queda redactado en los siguientes términos:«Artículo 37. Ciencia abierta.

1. Los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación impulsarán que se haga difusión de los resultados de la actividad científica, tecnológica y de innovación, y que los resultados de la investigación, incluidas las publicaciones científicas, datos, códigos y metodologías, estén disponibles en acceso abierto. El acceso gratuito y libre a los resultados se fomentará mediante el desarrollo de repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, propios o compartidos.
2. El personal de investigación del sector público o cuya actividad investigadora esté financiada mayoritariamente con fondos públicos y que opte por diseminar sus resultados de investigación en publicaciones científicas, deberá depositar una copia de la versión final aceptada para publicación y los datos asociados a las mismas en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, de forma simultánea a la fecha de publicación.

3. Los beneficiarios de proyectos de investigación, desarrollo o innovación financiados mayoritariamente con fondos públicos deberán cumplir en todo momento con las obligaciones de acceso abierto dispuestas en las bases o los acuerdos de subvención de las convocatorias correspondientes. Los beneficiarios de ayudas y subvenciones públicas se asegurarán de que conservan los derechos de propiedad intelectual necesarios para dar cumplimiento a los requisitos de acceso abierto.
4. Los resultados de la investigación disponibles en acceso abierto podrán ser empleados por las Administraciones Públicas en sus procesos de evaluación, incluyendo la evaluación del mérito investigador.
5. El Ministerio de Ciencia e Innovación facilitará el acceso a los repositorios de acceso abierto y su interconexión con iniciativas similares nacionales e internacionales, promoviendo el desarrollo de sistemas que lo faciliten, e impulsará la ciencia abierta en la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación, reconociendo el valor de la ciencia como bien común y siguiendo las recomendaciones europeas en materia de ciencia abierta.
Además del acceso abierto, y siempre con el objetivo de hacer la ciencia más abierta, accesible, eficiente, transparente y beneficiosa para la sociedad, los Ministerios de Ciencia e Innovación y de Universidades, cada uno en su ámbito de actuación, así como las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias, promoverán también otras iniciativas orientadas a facilitar el libre acceso y gestión de los datos generados por la investigación (datos abiertos), de acuerdo a los principios internacionales FAIR (sencillos de encontrar, accesibles, interoperables y reutilizables), a desarrollar infraestructuras y plataformas abiertas, a fomentar la publicación de los resultados científicos en acceso abierto, y la participación abierta de la sociedad civil en los procesos científicos, tal como se desarrolla en el artículo 38.

6. Lo anterior será compatible con la posibilidad de tomar las medidas oportunas para proteger, con carácter previo a la publicación científica, los derechos sobre los resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación, de acuerdo con las normativas nacionales y europeas en materia de propiedad intelectual e industrial, obtenciones vegetales o secreto empresarial.»

Ciencia Abierta

25 miércoles May 2022

Posted by UVADOC in Sin categoría

≈ Comentarios desactivados en Ciencia Abierta

La ciencia abierta en la enseñanza e investigación

Martínez Galindo, FJ.; Rubio Montero, FJ.; Vallés Navarro, R. (2022). La ciencia abierta en la enseñanza e investigación. Universitat Politècnica de València, 2022 http://hdl.handle.net/10251/180754

Temas Desarrollados: 1. Introducción a la Ciencia Abierta a. Definición b. Acceso abierto a las publicaciones (vía dorada y vía verde) c. Open Peer Review d. Datos en Abierto e. Software académico f. Recursos Educativos en Abierto g. Ciencia ciudadana 2. Derechos de autor a. Diferentes perfiles: lector, autor y docente b. Tipos de licencias: copyright y Coplyflet c. Las licencias Creative Commons 3. Mandatos de los agentes financiadores y su monitorización a. Ley de la Ciencia y Horizonte Europa b. APCs y Acuerdos transformativos c. Nuevos indicadores de evaluación d. Cambios en la Evaluación de la ANECA 4. RiuNet y la Ciencia Abierta a. Depósito de publicaciones, datos de investigación, Recursos Educativos en Abierto, Tesis y Trabajos académicos (TFG/TFM) b. Visibilidad e interoperabilidad de los objetos depositados en RiuNet – Cumplimiento de mandatos de agentes financiadores – Publicación en plataformas abiertas – Perfiles de investigador: perfil UPV, ORCID, Google Académico, ResearchGate, etc. – Recursos Educativos en Abierto

 

Ministerio de Ciencia, innovación y universidades

17 martes Jul 2018

Posted by UVADOC in Acceso Abierto, Open Data

≈ Comentarios desactivados en Ministerio de Ciencia, innovación y universidades

Crue celebra el compromiso del ministro para impulsar una nueva Ley de Universidades
(Madrid, 12 de julio de 2018) Crue Universidades Españolas considera muy positivas y recibe con gran esperanza las declaraciones realizadas por el ministro de Ciencia, Innovación y Universidades en la Comisión del Congreso de los Diputados. Celebramos que las afirmaciones de Pedro Duque coincidan con los postulados que Crue Universidades Españolas aprobó en la Asamblea General del pasado 2 de febrero, tanto en lo referente a la propuesta de una nueva Ley de Universidades que goce del máximo consenso como a la búsqueda urgente de soluciones para los principales problemas que afronta la Universidad. Por ello, esperamos abrir lo antes posible un proceso de diálogo con el Ministerio para abordar con la mayor eficacia y rapidez posibles cada una de las medidas anunciadas por el ministro. (Fuente: CRUE)

Detacamos de esta declaración:

«Tenemos que garantizar que la ciencia financiada con fondos públicos sea accesible. En este sentido y siguiendo lo aprobado en el último punto de la moción, vamos a trabajar para mejorar la implementación de la política nacional de acceso abierto, desarrollando el artículo 37 de la ley de la Ciencia. Para ello se fortalecerán los repositorios de acceso abierto de publicaciones y de datos de investigación y su interoperabilidad. Adeicinalmente se trabajará en el diseño de la Estrategia Nacional de Ciencia en Abierto coherente con la política europea de Open Science.»

* Declaraciones del Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades (Documento)

* Comparecencia del ministro de Ciencia, Innovación y Universidades​ Congreso de los Diputados​ (Vídeo)


← Older posts

Buscar por Tema

Archivos

Páginas

  • UVaDOC: Repositorio Documental UVa
  • UVaDOC: Producción Científica
  • Tesis Doctorales
  • UVaDOC: Trabajos Fin de Estudios
  • Acceso Abierto
  • Consorcio BUCLE
  • Proyectos Europeos de Investigación
  • Noticias

Etiquetas

Acceso Abierto Acuerdo transformativo APC APCs Bibliometría Citas COAR Creative Commons Datos Datos Abiertos Datos de investigación Derechos de autor Ediciones UVa Factor de impacto FECYT Gestion de datos Horizonte 2020 HRS4R Investigación JCR Open Aire Open Science ORCID Plan S Política institucional Producción científica Programa 7PM Propiedad intelectual Ranking Web de Repositorios REBIUN RECOLECTA Redes Sociales Repositorios Revistas Científicas Tesis Tesis Doctorales Trabajos Fin de Estudios Trabajos Fin de Grado Trabajos Fin de Máster Unesco Universidad de Valladolid Universidades UvaDoc VII Jornadas BUCLE WOS
julio 2025
L M X J V S D
 123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031  
« Nov    

UvaDoc: Repositorio Documental de la Universidad de Valladolid

Universidad de Valladolid. Biblioteca Universitaria

Blog UVaDOC by Clarisa Pérez Goyanes (CC BY-SA 4.0)

 

Proudly powered by WordPress Theme: Chateau by Ignacio Ricci.