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Tag Archives: Datos Abiertos

Datos abiertos

21 jueves Mar 2019

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Datos Abiertos

Declaración de SPARC Europe de datos abiertos

La Directiva de la PSI acuerda hacer que los datos de investigación financiados con fondos públicos sean abiertos por defecto

PSI Directive compromise agrees to make publicly-funded research data open by default. 27 th February 2019. News, Open Access, Open Data, Open Science. Fuente: ULPGC

Enlace a la noticia de la Directiva europea

Documento de Acuerdos Interinstitutional File: 2018/0111(COD)

¿Cómo es la directiva PSI relevante para Open Science?

La directiva actualiza un texto de 2013 y tiene como objetivo mejorar la forma en que se pone a disposición, se accede y se comparte la investigación financiada con fondos públicos. La Comisión presentó su propuesta en abril de 2018 como parte de su proyecto de Mercado Único Digital (DSM) para fomentar la economía digital de Europa. En la práctica, pretende mejorar los servicios públicos digitales en la era de las nuevas tecnologías, como la Inteligencia Artificial (IA), y ayudar a las empresas locales de tecnología, por ejemplo, los desarrolladores  de aplicaciones, a hacer crecer sus negocios en toda Europa. El nuevo texto también establece que los “conjuntos de datos de alto valor” deberían estar disponibles gratuitamente en toda la UE.

También aborda específicamente la mejora del acceso a los datos de investigación, como se establece en el Artículo 10 sobre Datos de investigación, que dice: “Los Estados miembros deben respaldar la disponibilidad de datos de investigación mediante la adopción de políticas nacionales y acciones pertinentes destinadas a hacer que los datos de investigación financiados con fondos públicos estén disponibles abiertamente (‘políticas de acceso abierto’) siguiendo el principio de apertura por defecto y compatible con los principios de FAIR “.

Gracias a los esfuerzos de influencia, la aplicación de los principios FAIR (localizable, accesible, interoperable, reutilizable – del inglés FAIR – Findable, Accessible, Interoperable, and Reusable) y haciendo que los datos sean “lo más abiertos posible, lo más cerrados que sea necesario” en el texto del Artículo 10 sobre Datos de investigación.

Logo del Consejo de la UE

Lo que más nos complace es que SPARC Europa y las organizaciones asociadas hayan argumentado firmemente que el valor predeterminado debe ser el acceso abierto a los datos de investigación financiados con fondos públicos. El considerando 24 establece que: “En virtud de las políticas nacionales de acceso abierto, los datos de investigación financiados con fondos públicos deben abrirse como opción predeterminada”. En el capítulo sobre condiciones para la reutilización, el artículo 5 también menciona “abierto por diseño y por defecto”. Aunque el texto estipula claramente que los datos de la investigación deben ofrecerse “lo más abiertos posible, lo más cerrados que sea necesario“, una clara delimitación de las pocas situaciones en las que no se deben poner los datos (por ejemplo, preocupaciones relacionadas con los derechos de propiedad intelectual, datos personales). También se contempla la protección y confidencialidad, seguridad e intereses comerciales legítimos.
Actividades de transferencia de conocimientos, que ahora debe también tenerse en cuenta a la hora de hacer la investigación re-utilizable con fines comerciales o sin fines comerciales, en virtud de la directiva (Artículo 10(2)).

También se ha tenido en cuenta la conservación efectiva mediante las políticas de información digital en vista de las amenazas que plantea la obsolescencia tecnológica y la pérdida de datos. Muy destacable es el artículo 9(1) que de manera inequívoca pide a los Estados miembros para facilitar así la preservación de los documentos:

“Los Estados miembros también deben alentar a los organismos del sector público para hacer los arreglos prácticos, facilitando la conservación de los documentos disponibles para su reutilización.”

Esto representa una enorme mejora respecto a la situación actual donde la información del sector público es que no se hace abiertamente disponibles, con consecuencias negativas para Europa basado en la innovación del sector y en detrimento del principio fundamental de la libertad de acceso a la información.

gestión y administración de datos científicos

05 lunes Mar 2018

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Datos Abiertos

Principios FAIR: Buenas prácticas para la gestión y administración de datos científicos

La Investigación Abierta (Open Science) propugna que los datos obtenidos mediante experimentación sean automáticamente de acceso público, sobre todo los producidos con fondos públicos-, los datos son considerados como la principal producción de la investigación científica, siendo su publicación y reutilización necesaria para garantir su validez, su reproductibilidad y para conducir a nuevos descubrimientos.

Ante la necesidad de mejorar la infraestructura que respalda la reutilización de datos académicos, se necesitaban una serie de buenas prácticas para la publicación de datos científicos.  Los Principios de datos FAIR  ponen énfasis  en mejorar la capacidad de las máquinas para encontrar y utilizar automáticamente los datos, además de respaldar su reutilización por parte de las personas. (El 15 de marzo de 2016 fue publicado en la revista Scientific Data de Nature el artículo: “Principios FAIR para el manejo y administración de datos científicos”. Los Principios FAIR ofrecen un conjunto de cualidades precisas y medibles que una publicación de datos debería seguir para que los datos sean Encontrables, Accesibles, Interoperables y Reutilizables (del inglés FAIR – Findable, Accessible, Interoperable, and Reusable):(Fuente: datos.gob.es)

FINDABLE (Encontrables): Los datos y metadatos pueden ser encontrados por la comunidad después de su publicación, mediante herramientas de búsqueda.

  • F1. Asignarles un identificador único y persistente a los datos y los metadatos
  • F2. Describir los datos con metadatos de manera prolija
  • F3. Registrar/Indexar los datos y los metadatos en un recurso de búsqueda
  • F4. En los metadatos se debe especificar el identificador de los datos que se describen.

ACCESSIBLE (Accesibles): Los datos y metadatos están accesibles y por ello pueden ser descargados por otros investigadores utilizando sus identificadores.

  • A1 Los datos y los metadatos pueden ser recuperados por sus identificadores mediante protocolos estandarizados de comunicación
  • A1.1 Los protocolos tienen que ser abiertos, gratuitos e implementados universalmente
  • A1.2 El protocolo debe de permitir procedimientos para la autentificación y la autorización (por si fuera necesario).
  • A2 Los metadatos deben de estar accesibles, incluso cuando los datos ya no estuvieran disponibles.

INTEROPERABLE (Interoperables): Tanto los datos como los metadatos deben de estar descritos siguiendo las reglas de la comunidad, utilizando estándares abiertos, para permitir su intercambio y su reutilización.

  • I1. Los datos y los metadatos deben de usar un lenguaje formal, accesible, compartible y ampliamente aplicable para representar el conocimiento
  • I2. Los datos y los metadatos usan vocabularios que sigan los principios FAIR
  • I3. Los datos y los metadatos incluyen referencias cualificadas a otros datos o metadatos

REUSABLE (Reutilizables): Los datos y los metadatos pueden ser reutilizados por otros investigadores, al quedar clara su procedencia y las condiciones de reutilización.

  • R1. Los datos y los metadatos contienen una multitud de atributos precisos y relevantes
  • R1.1. Los datos y los metadatos se publican con una licencia clara y accesible sobre su uso y reutilización
  • R1.2. Los datos y los metadatos se asocian con información sobre su procedencia
  • R1.3. Los datos y los metadatos siguen los estándares relevantes que usa la comunidad del dominio concreto

Información basada en:

The FAIR Guiding Principles for scientific data management and stewardship

The FAIR Document: https://www.nature.com/articles/sdata201618.pdf

proyectos del Programa Horizonte 2020 de Investigación e Innovación de la Unión Europea. 

Datos Abiertos del Gobieno de España Principios FAIR

Open Data / Datos Abiertos

13 jueves Dic 2012

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Acceso Abierto, Datos Abiertos, Open Data

The Open Data Handbook

Proyecto Open Knowledge Foundation y patrocinado por Shuttleworth Funded

(noviembre 2012)

Este manual nos ofrece información sobre los aspectos legales, sociales y técnicos de Open Data. «Los datos abiertos son datos que pueden ser utilizados, reutilizados y redistribuidos libremente por cualquier persona, y que se encuentran sujetos, cuando más, al requerimiento de atribución y de compartirse de la misma manera en que aparecen»

Contamos con la versión en español.  la descarga en pdf. (en inglés)

y el Manual de Datos Abiertos, adaptado corregido y ampliado por Carlos Brýs-

Sumario

  • Introducción
  • ¿Por qué datos abiertos?
  • ¿Qué son los datos abiertos?
  • ¿Cómo abrir datos?
  • ¿Ya he publicado cierta información, y ahora qué?
  • Glosario
  • Apéndices

Información complementaria

Open Knowledge Foundation: http://okfn.org/opendata/

Sobre el proyecto OPENDATA en España: http://datos.oepm.es/es/acerca.html

Datos abiertos en Europa

23 viernes Nov 2012

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Comisión Europea, Datos Abiertos

AGENDA DIGITAL: HACER FRUCTIFERAR LOS DATOS DE LAS ADMINISTRACIONES

(Bruselas, 12 de diciembre de 2011) Fuente: Comisión Europea. Comunicado de Prensa–

La Comisión ha puesto en marcha una estrategia de datos abiertos en Europa. Las administraciones públicas europeas tienen una auténtica mina de oro de potencial económico sin aprovechar: los grandes volúmenes de información recogidos por los numerosos poderes y servicios públicos. Estados miembros como el Reino Unido y Francia ya están demostrando ese valor. La estrategia dirigida a impulsar el rendimiento en toda la UE es triple:

– En primer lugar, la Comisión dará ejemplo, abriendo sus tesoros de información al público de forma gratuita mediante un nuevo portal de datos; – En segundo lugar, se crearán unas condiciones equitativas en toda la UE en materia de datos abiertos;  – Por último, sostendrán estas nuevas medidas los 100 millones de euros que se concederán en 2011-2013 para financiar la investigación en la mejora de las tecnologías de tratamiento de datos.

Neelie Kroes, Vicepresidenta de la Comisión Europea, ha declarado lo siguiente: «Enviamos hoy una señal clara a las administraciones. Sus datos valen más si se difunden. Háganlo entonces ahora: aprovechen este marco para sumarse a otros dirigentes inteligentes que ya están sacando ventaja de los datos abiertos. Los contribuyentes ya han pagado esta información y lo menos que podemos hacer es devolvérsela a quienes deseen utilizarla de nuevas maneras que ayuden a las personas y generen crecimiento y puestos de trabajo». Véase aquí la intervención en vídeo de la Sra. Kroes.

La Comisión propone actualizar la Directiva de 2003 sobre la reutilización de la información del sector público mediante lo siguiente:

  • Será una regla general que todos los documentos difundidos por organismos públicos puedan ser reutilizados por terceros para cualquier fin, comercial o no, siempre que no estén protegidos por derechos de autor.
  • Se establecerá el principio de que los organismos públicos no puedan cobrar una cantidad superior a los costes que entrañe la petición individual de datos (costes marginales), lo que supone, a efectos prácticos, que la mayoría de los datos se facilitará de forma gratuita o casi gratuita, excepto en casos debidamente justificados.
  • Será obligatorio proporcionar los datos en formatos de uso común y legibles por máquina para garantizar que los datos puedan ser reutilizados realmente.
  • Se introducirá una supervisión normativa para hacer cumplir estos principios.
  • Se ampliará radicalmente el ámbito de aplicación de la Directiva incluyendo, por primera vez, las bibliotecas, los museos y los archivos; las normas vigentes de 2003 se aplicarán a los datos de esas instituciones.

Además, la Comisión hará públicos su propia información a través de un nuevo portal de datos, que ya ha contratado. Este portal se encuentra actualmente en «versión beta» (fase de desarrollo y ensayo) y su puesta en marcha está prevista en la primavera de 2012. Con el tiempo servirá de único punto de acceso a los datos reutilizables de todas las instituciones, organismos y agencias de la UE, así como de las autoridades nacionales.

Antecedentes

En su Agenda digital para Europa, la Comisión define la reutilización de la información del sector público, junto con el acceso a Internet rápido y ultrarrápido, como algo fundamental para conseguir el mercado único digital.

La Directiva 2003/98/CE relativa a la reutilización de la información del sector público introdujo una primera serie de medidas dirigidas a facilitar a las empresas el acceso a la información en poder de las administraciones y la autorización de usarla. También abrió un proceso por el que los organismos públicos redujeron las tasas cobradas por obtener la información en su poder. La propuesta de hoy amplía el acceso a la información, así como el ámbito de aplicación de la Directiva.

Más información:

Véase MEMO/11/891

Página web sobre los datos abiertos de la Comisión Europea:

http://ec.europa.eu/information_society/policy/psi/index_en.htm

Página web de la Agenda Digital: ec.europa.eu/digital-agenda

Página web de Neelie Kroes: ec.europa.eu/commission_2010-2014/kroes

Twitter de Neelie Kroes: twitter.com/neeliekroeseu

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