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Repositorio Documental de la UVa

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Repositorio Documental de la UVa

Search results for: creative commons

Nature permite Creative Commons

23 viernes Nov 2012

Posted by UVADOC in Derechos de Autor, Revistas científicas

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Creative Commons, Revistas Científicas

La revista Nature permite a los autores publicar borradores de su propio trabajo en la web y también publicar bajo licencia Creative Commons (Fuente:Creative Commons España)

La revista Nature es la publicación científica multidisciplinaria más citada en la actualidad. Por lo mismo, es extremadamente selectiva y para cualquier científico, tener un artículo en Nature constituye un enorme logro. La revista fue creada en 1869 y como toda institución centenaria, no es dada a introducir cambios radicales en su forma de trabajo.

las editoriales solían justificar estos precios sobre la base del costo de impresión y distribución de ejemplares físicos. Con Internet, la situación cambia radicalmente y 25 euros por descargar un PDF no es tan claro que sea un precio razonable.

Por ello, desde hace unos años que existe el movimiento de Acceso Abierto (Open Access) que exige que las publicaciones científicas, especialmente aquellas producto de investigaciones realizadas con fondos públicos, estén disponibles para libre descarga.

Quienes promueven el Acceso Abierto le piden a las editoriales, primero, que permitan a los autores publicar un borrador de su trabajo en su propio sitio web personal o en el sitio web de su institución. Esto se llama Acceso Abierto “verde”. El siguiente paso es el Acceso Abierto “dorado” (gold), en que la misma editorial ofrece para el artículo sin cobrar nada. En la mayoría de los casos, actualmente este tipo de Acceso Abierto va asociado a una compensación por parte del mismo autor, que éste transfiere a la institución que lo financia — últimamente, muchos fondos de financiamiento a la investigación científica permiten reembolsar los costos de publicación bajo un ítem de diseminación del trabajo realizado.

Volviendo a Nature, la revista permite a los autores publicar borradores de su propio trabajo en la web (Acceso Abierto “verde”), y a partir de esta semana, permite también Acceso Abierto “dorado” bajo licencia Creative Commons. Estas son muy buenas noticias para estudiantes, investigadores, y para el público en general. Leer y citar lo que otros han escrito es parte central del trabajo científico; el acceso a estos trabajos es fundamental para el progreso de la ciencia y para que la sociedad en su conjunto pueda disfrutar de los beneficios de este progreso.

Creative Commons

13 martes Nov 2012

Posted by UVADOC in Acceso Abierto, Derechos de Autor

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Acceso Abierto, Creative Commons

Creative Commons es una organización sin ánimo de lucro que ofrece modelos de licencias que permiten a los autores depositar su obra de forma libre en Internet, limitando los usos que de dicha obra se pueden hacer.

Poner las obras bajo una licencia Creative Commons no significa que no tengan copyright. Este tipo de licencias ofrecen algunos derechos a terceras personas bajo ciertas condiciones. ¿Qué condiciones? Esta web os permite escoger o unir las condiciones de la siguiente lista:

Reconocimiento (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia hará falta reconocer la autoría.

No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.

Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada.

Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.

* Con estas condiciones se pueden generar las seis combinaciones que producen las licencias Creative Commons:

http://es.creativecommons.org/licencia/

* 10 preguntas y respuestas sobre las Creative Commons:

http://es.creativecommons.org/index.php/2012/06/08/10-preguntas-y-respuestas-sobre-creative-commons/

Ciencia abierta 

25 martes Nov 2025

Posted by clarisamariaperez in Sin categoría

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Contribución a la ciencia abierta 

Uno de los Baremos de aplicación en la evaluación de la actividad investigadora por parte de los Comités (convocatoria 2024 de sexenios de investigación) es la Contribución a la ciencia abierta.

Sexenios de investigación. Baremo de aplicación en la evaluación de la actividad investigadora por los comités asesores
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA). Diciembre de 2024

Cómo se mide la Contribución a la ciencia abierta

1. Grado de apertura
Se valora que las contribuciones puedan leerse íntegramente en abierto, bien en su versión final o bien en versiones preliminares (preprints y postprints), así como la publicación en revistas diamante o la utilización de licencias copyleft (Creative Commons, etc.). No se valorará el mero depósito de la aportación en un repositorio, al ser este un requisito de la convocatoria.

2. Conjunto de datos
Se valora que la aportación incluya un dataset, que se encuentre disponible en abierto con posibilidad para su descarga y que cumpla los principios FAIR que garanticen su reutilización e interoperabilidad (la verificación del grado de cumplimiento de estos principios puede hacerse, en: https://www.f-uji.net/; https://ardc.edu.au/resource/fair-data-
self-assessment-tool/; https://fair-hecker.france-bioinformatique.fr/check, entre otros).

Así mismo, se valora que este dataset, a su vez, haya sido descargado, usado o citado.

3. Software
Se valora que la aportación incluya software o código, y que éste suponga una contribución al software libre. Así mismo, se valora que este software, a su vez, haya sido descargado, usado o citado.

Otros indicios: pre-registro de la aportación, metodología publicada en abierto, que la aportación derive de un proyecto de ciencia ciudadana, etc

UVaDOC y Sexenios

SEXENIOS Y DEPÓSITO EN EL REPOSITORIO INSTITUCIONAL

En las últimas convocatorias de sexenios de la ANECA se han incorporado en el marco de la evaluación, aspectos relacionados con los repositorios y la obligatoriedad de hacer referencia a los datos referenciales en el Repositorio Institucional de las “Aportaciones” que se indican en la solicitud de sexenios.

Desde el año pasado,  la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, establece como uno de los criterios generales y de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 17/2022 y el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, el DEPÓSITO DE LOS RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN que se sometan a evaluación en REPOSITORIOS institucionales, temáticos o generalistas de acceso abierto, incluyendo un identificador persistente (DOI, Handle, ARK, SWHID, o, en general, una URI/URL única permanente).

En todos los campos de actividad investigadora se podrá alcanzar una evaluación positiva presentando CINCO APORTACIONES que cumplan con los criterios generales de evaluación.

En la solicitud de sexenios HAY QUE REFLEJAR por cada aportación:

    • El handle de cada uno de los item depositados en el repositorio y que se aportan.
    • El DOI,  (si es asignado por el repositorio),
    • Los datos descriptivos (metadatos básicos de citación) que se indican en la solicitud y son necesarios para su identificación.
    • El enlace al repositorio donde se haya depositado. 

En el caso de las publicaciones académicas, sean en formato artículo, libro o capítulo de libro, las personas solicitantes deberán aportar evidencia de haber depositado una copia de la versión final de la aportación aceptada para publicación en un repositorio de su institución o en un repositorio temático o generalista de acceso abierto. El depósito podrá hacerse en acceso abierto, acceso restringido, embargado o con acceso solo a los metadatos, respetando en todos los casos la gestión de derechos de autoría amparada por el marco legal vigente en el momento de la publicación.

Los conjuntos de datos que se sometan a evaluación deberán cumplir con los principios FAIR (fáciles de encontrar, accesibles, interoperables y reutilizables) y, siempre que sea posible, se difundirán en acceso abierto en repositorios.

Además de las aportaciones ordinarias, los investigadores también pueden presentar “Aportaciones extraordinarias”, resultados de investigación como datasets, software, hardware, catálogos de exposiciones, diccionarios, obras audiovisuales…  Hay que tener en cuenta el máximo de aportaciones extraordinarias que se pueden presentar por cada solicitud: (Sección II. Criterios específicos para los diferentes campos)

Criterios de Baremación relacionados con los Repositorios

En la Resolución de 9 de diciembre de 2024,  (APÉNDICE. Dimensiones, métricas y fuentes de la bibliometría Narrativa) se establecen diferentes criterios de baremación que hacen referencia a los Repositorios institucionales

Las métricas aceptadas se clasifican según su nivel de aplicación (dimensión): (1) evidencias a nivel de aportación, (2) evidencias a nivel de medio de difusión y (3) evidencias relacionadas con la puesta a disposición de contribución científica en acceso abierto y la práctica de ciencia abierta. FUENTE: noticia sobre sexenios y repositorios publicada en enero de 2025 por la Red de Bibliotecas y Archivos del CSIC https://bibliotecas.csic.es/es/novedades-sexenios-repositorios-2025    

A. Impacto científico (60%)

Uso de la aportación Se valora el uso de la aportación, por ejemplo, a través de las lecturas, visualizaciones o descargas que haya registrado en plataformas académicas (plataforma editorial, repositorio institucional o temático, congreso científico, etc.). NOTA: Pueden aportarse las estadísticas de descargas y visualizaciones a nivel de item del repositorio como indicio de impacto científico

B. Impacto social (10%)

Menciones y referencias no académicas de la aportación. Se valoran las menciones o referencias recibidas por la aportación desde documentos de agentes sociales no académicos, por ejemplo, documentos normativos, informes de políticas públicas, informes profesionales, guías clínicas, patentes, obras de referencia o consulta y cualquier otro documento relevante. Se valora el reconocimiento o la aplicación que se está realizando en la industria, la sociedad o en la Administración pública del contenido de la aportación. También se tendrá en cuenta la difusión que dicha aportación ha tenido en ámbitos no académicos (por ejemplo, manifestaciones artísticas, exposiciones, noticias destacadas, sitios web, blogs profesionales, plataformas sociales), así como la audiencia (visitantes, espectadores, personas usuarias) que interaccione con la aportación. NOTA: Pueden usarse los datos altmétricos de  «Dimensions» que aparecen a nivel de item, en el repositorio.

C. Contribución a la ciencia abierta (10%)

Grado de apertura

Se valora que las contribuciones puedan leerse íntegramente en abierto, bien en su versión final o bien en versiones preliminares (preprints y postprints), así como la publicación en revistas diamante o la utilización de licencias copyleft (Creative Commons, etc.). No se valorará el mero depósito de la aportación en un repositorio, al ser este un requisito de la convocatoria. NOTA: Se refiere al plus que se otorga en la baremación al hecho de que alguna de las versiones de la aportación esté en acceso abierto. También se considera en este criterio el hecho de haber publicado la aportación en una revista de acceso abierto diamante, o el uso de las licencias Creative Commons u otras licencias abiertas estándares como las Open Data Commons o licencias de software libre (inventario de licencias abiertas en https://spdx.org/licenses/)

Conjunto de datos

Se valora que la aportación incluya un dataset, que se encuentre disponible en abierto con posibilidad para su descarga y que cumpla los principios FAIR que garanticen su reutilización e interoperabilidad (la verificación del grado de cumplimiento de estos principios puede hacerse, en: https://www.f-uji.net/; https://ardc.edu.au/resource/fair-data-self-assessment-tool/ https://fair-hecker.france-bioinformatique.fr/check, …). Así mismo, se valora que este dataset, a su vez, haya sido descargado, usado o citado.

Software

Se valora que la aportación incluya software o código, y que éste suponga una contribución al software libre. Así mismo, se valora que este software, a su vez, haya sido descargado, usado o citado. NOTA: Para las citas de datasets, software y otros resultados de investigación para los que se les ha asignado DOI  puede ser interesante ver las citas que recoge y muestra DataCite Commons. 

Las bibliotecas universitarias y científicas y las unidades de apoyo a la investigación pueden, en la medida que sus recursos lo permitan, facilitar asesoramiento a las personas solicitantes en relación con las dimensiones, métricas y fuentes pertinentes y confiables en cada caso.

Enlaces de interés:

  •  Ley 17/2022, del 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
  • Baremo de aplicación en la evaluación de la actividad investigadora por los comités asesores
  • Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora.
  • Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora.
  • FAQ de ANECA 
  • Post del Blog UVaDOC relacionados

Repositorios y Sexenios

30 martes Sep 2025

Posted by clarisamariaperez in Acceso Abierto, Sexenios

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Sexenios

Repositorios Institucionales y Sexenios

En las últimas convocatorias de sexenios de la ANECA se han incorporado en el marco de la evaluación, aspectos relacionados con los repositorios y la obligatoriedad de hacer referencia a los datos referenciales en el Repositorio Institucional de las “Aportaciones” que se indican en la solicitud de sexenios.

Desde el año pasado,  la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, establece como uno de los criterios generales y de acuerdo con el artículo 37 de Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, el DEPÓSITO DE LOS RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN que se sometan a evaluación en REPOSITORIOS institucionales, temáticos o generalistas de acceso abierto, incluyendo un identificador persistente (DOI, Handle, ARK, SWHID, o, en general, una URI/URL única permanente).

En todos los campos de actividad investigadora se podrá alcanzar una evaluación positiva presentando CINCO APORTACIONES que cumplan con los criterios generales de evaluación.

En la solicitud de sexenios HAY QUE REFLEJAR por cada aportación:

    • El handle de cada uno de los item depositados en el repositorio y que se aportan.
    • El DOI,  (si es asignado por el repositorio),
    • Los datos descriptivos (metadatos básicos de citación) que se indican en la solicitud y son necesarios para su identificación.
    • El enlace al repositorio donde se haya depositado. 

En el caso de las publicaciones académicas, sean en formato artículo, libro o capítulo de libro, las personas solicitantes deberán aportar evidencia de haber depositado una copia de la versión final de la aportación aceptada para publicación en un repositorio de su institución o en un repositorio temático o generalista de acceso abierto. El depósito podrá hacerse en acceso abierto, acceso restringido, embargado o con acceso solo a los metadatos, respetando en todos los casos la gestión de derechos de autoría amparada por el marco legal vigente en el momento de la publicación.

Los conjuntos de datos que se sometan a evaluación deberán cumplir con los principios FAIR (fáciles de encontrar, accesibles, interoperables y reutilizables) y, siempre que sea posible, se difundirán en acceso abierto en repositorios.

Además de las aportaciones ordinarias, los investigadores también pueden presentar “Aportaciones extraordinarias”, resultados de investigación como datasets, software, hardware, catálogos de exposiciones, diccionarios, obras audiovisuales…  Hay que tener en cuenta el máximo de aportaciones extraordinarias que se pueden presentar por cada solicitud: (Sección II. Criterios específicos para los diferentes campos)

Criterios de Baremación relacionados con los Repositorios

En la Resolución de 9 de diciembre de 2024,  (APÉNDICE. Dimensiones, métricas y fuentes de la Bibliometría Narrativa) se establecen diferentes criterios de baremación que hacen referencia a los Repositorios institucionales

Las métricas aceptadas se clasifican según su nivel de aplicación (dimensión): (1) evidencias a nivel de aportación, (2) evidencias a nivel de medio de difusión y (3) evidencias relacionadas con la puesta a disposición de contribución científica en acceso abierto y la práctica de ciencia abierta. FUENTE: noticia sobre sexenios y repositorios publicada en enero de 2025 por la Red de Bibliotecas y Archivos del CSIC https://bibliotecas.csic.es/es/novedades-sexenios-repositorios-2025    

A. Impacto científico (60%)

Uso de la aportación Se valora el uso de la aportación, por ejemplo, a través de las lecturas, visualizaciones o descargas que haya registrado en plataformas académicas (plataforma editorial, repositorio institucional o temático, congreso científico, etc.). NOTA: Pueden aportarse las estadísticas de descargas y visualizaciones a nivel de item del repositorio como indicio de impacto científico

B. Impacto social (10%)

Menciones y referencias no académicas de la aportación. Se valoran las menciones o referencias recibidas por la aportación desde documentos de agentes sociales no académicos, por ejemplo, documentos normativos, informes de políticas públicas, informes profesionales, guías clínicas, patentes, obras de referencia o consulta y cualquier otro documento relevante. Se valora el reconocimiento o la aplicación que se está realizando en la industria, la sociedad o en la Administración pública del contenido de la aportación. También se tendrá en cuenta la difusión que dicha aportación ha tenido en ámbitos no académicos (por ejemplo, manifestaciones artísticas, exposiciones, noticias destacadas, sitios web, blogs profesionales, plataformas sociales), así como la audiencia (visitantes, espectadores, personas usuarias) que interaccione con la aportación. NOTA: Pueden usarse los datos altmétricos de  «Dimensions» que aparecen a nivel de item, en el repositorio.

C. Contribución a la ciencia abierta (10%)

Grado de apertura

Se valora que las contribuciones puedan leerse íntegramente en abierto, bien en su versión final o bien en versiones preliminares (preprints y postprints), así como la publicación en revistas diamante o la utilización de licencias copyleft (Creative Commons, etc.). No se valorará el mero depósito de la aportación en un repositorio, al ser este un requisito de la convocatoria. NOTA: Se refiere al plus que se otorga en la baremación al hecho de que alguna de las versiones de la aportación esté en acceso abierto. También se considera en este criterio el hecho de haber publicado la aportación en una revista de acceso abierto diamante, o el uso de las licencias Creative Commons u otras licencias abiertas estándares como las Open Data Commons o licencias de software libre (inventario de licencias abiertas en https://spdx.org/licenses/)

Conjunto de datos

Se valora que la aportación incluya un dataset, que se encuentre disponible en abierto con posibilidad para su descarga y que cumpla los principios FAIR que garanticen su reutilización e interoperabilidad (la verificación del grado de cumplimiento de estos principios puede hacerse, en: https://www.f-uji.net/; https://ardc.edu.au/resource/fair-data-self-assessment-tool/ https://fair-hecker.france-bioinformatique.fr/check, …). Así mismo, se valora que este dataset, a su vez, haya sido descargado, usado o citado.

Software

Se valora que la aportación incluya software o código, y que éste suponga una contribución al software libre. Así mismo, se valora que este software, a su vez, haya sido descargado, usado o citado. NOTA: Para las citas de datasets, software y otros resultados de investigación para los que se les ha asignado DOI  puede ser interesante ver las citas que recoge y muestra DataCite Commons. 

Las bibliotecas universitarias y científicas y las unidades de apoyo a la investigación pueden, en la medida que sus recursos lo permitan, facilitar asesoramiento a las personas solicitantes en relación con las dimensiones, métricas y fuentes pertinentes y confiables en cada caso.

Enlaces de interés:

  •  Ley 17/2022, del 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
  • Baremo de aplicación en la evaluación de la actividad investigadora por los comités asesores
  • Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora.
  • Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora.
  • FAQ de ANECA 

Acceso Abierto

18 miércoles Oct 2023

Posted by UVADOC in Acceso Abierto

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Acceso Abierto. Iniciativas internacionales

[Fuente: Recolecta: https://recolecta.fecyt.es/acceso-abierto/planes]

El Plan S (S de shock) es una iniciativa de Science Europe lanzada en septiembre de 2018 a través de la cOAlition S, un consorcio creado por el Consejo Europeo de Investigación (ERC) y formado por agencias de financiación de investigación 12 países europeos (Austria, Finlandia, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Países Bajos, Noruega, Polonia, Eslovenia, Suecia y Reino Unido), además de la propia Comisión Europea, la Fundación Gates, y agencias de Jordania y Zambia.

El Plan S requiere que a partir de las 2021 las publicaciones científicas que resulten de investigaciones financiadas con fondos públicos se publiquen en revistas o plataformas de acceso abierto y que cumplan con sus diez principios:

  1. El personal investigador como autor de artículos o sus instituciones deben mantener el copyright de sus publicaciones, que deben ser publicadas bajo una licencia abierta, preferiblemente la Creative Commons Attribution License (CC BY).
  2. Las agencias de financiación desarrollarán criterios y requisitos que las revistas de acceso abierto y las plataformas y repositorios de acceso abierto deberán cumplir.
  3. Cuando no existan revistas o plataformas de acceso abierto de calidad, las agencias de financiación proporcionarán incentivos para establecerlos y apoyarlos. Los organismos financiadores se comprometen también a proporcionar soporte a las infraestructuras de acceso abierto cuando sea necesario.
  4. Las tarifas de publicación de acceso abierto estarán cubiertas por las agencias de financiación o las instituciones de investigación, no por el personal investigador.
  5. Las agencias de financiación apoyan la diversidad de modelos de negocios para revistas y plataformas de acceso abierto. La aplicación de tarifas de publicación de acceso abierto deberá ser transparente y moderada.
  6. Las agencias de financiación apoyarán a gobiernos, universidades, organismos de investigación, bibliotecas, academias y sociedades académicas para que sus estrategias, políticas y prácticas estén alineadas.
  7. Los principios anteriores se aplicarán a todo tipo de publicaciones académicas, pero se entiende que las monografías y capítulos de libros necesitarán más tiempo para adaptarse a los cambios.
  8. Las agencias de financiación no apoyarán el modelo de publicación «híbrido», si bien lo aceptarán de forma transitoria durante un tiempo limitado y solamente como parte de un acuerdo transformativo.
  9. Las agencias de financiación supervisarán el cumplimiento de sus mandatos y sancionarán a quienes se beneficien de la ayuda y que no lo cumplan.
  10. Las agencias de financiación se comprometen a evaluar los resultados de la investigación por el mérito propio del trabajo, independientemente de otras métricas de revistas como el factor de impacto.

El Plan S cuenta también con una Guía de Implementación y con una Guía Técnica y de Requisitos.

El Plan U es una iniciativa que surgió en respuesta al Plan S de forma anónima y espontánea, y que se formalizó oficialmente en junio de 2019. Este Plan sugiere que los organismos financiadores deberían reclamar al personal investigador el depósito de los trabajos de investigación en servidores de preprints antes de publicar la versión final revisada por pares. De esta forma se lograría el acceso abierto inmediato y universal a los resultados de investigación, además de acelerar la investigación gracias a una difusión temprana de los resultados, y se crearían nuevas oportunidades para la revisión por pares y la evaluación de la investigación.

La principal ventaja del Plan U frente al Plan S se basa en que promueve que las agencias de financiación de la investigación y la propia comunidad científica retomen de nuevo el control sobre la gestión de los procesos de publicación, actualmente en manos de la industria editorial. Así, se recortarían gastos que permitirían la construcción de infraestructuras públicas de difusión del conocimiento que contasen con sistemas efectivos de revisión por pares y de evaluación de investigación.

Más información: Sever R, Eisen M, Inglis J (2019) Plan U: Universal access to scientific and medical research via funder preprint mandates. PLoS Biol 17(6): e3000273 https://doi.org/10.1371/journal.pbio.3000273

El Plan A se lanzó el 20 de abril de 2020 por la Open Scholarship Initiative (OSI) , una coalición internacional que asesora a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en su hoja de ruta para la ciencia abierta.

El Plan A cubre el periodo 2020 – 2025 y propone que la comunidad mundial de comunicación académica coopere y colabore en cuatro categorías principales de acción: estudios, desarrollo de infraestructura, crear un terreno común de trabajo, y educación y divulgación.

También plantea que se tomen medidas para mejorar la relevancia de la investigación abierta para el personal investigador e incrementar el valor de la investigación abierta para la sociedad a través de otras acciones como:

  • Abrir y centralizar toda la investigación relacionada con el cambio climático.
  • Crear portales de acceso de información relevante en algunos temas relacionados con la salud.
  • Crear programas de investigación para las regiones e instituciones con bajos recursos.
  • Trabajar en mejorar los programas existentes para mejorar la participación y el compromiso de la comunidad investigadora.

Más información:  Hampson, G. (2020). OSI Policy Perspective 2: Common ground in the global quest for open research. Open Scholarship Initiative. https://doi.org/10.13021/osi2020.2725

Open Science: what, how & why?

01 jueves Jun 2023

Posted by UVADOC in Open Science

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Open Science: what, how & why?

SHB Online. Licencia Atribución de Creative Commons (reutilización permitida)

Open Science: Financiadores

19 viernes May 2023

Posted by UVADOC in Open Science

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¿Cuáles son los requisitos de mis patrocinadores en Open Science? Un enfoque en el Plan S

What are my funders requirements on Open Science? A focus on Plan S

[Fuente: 4EU+ European University Alliance]

Los financiadores han estado presionando por la ciencia abierta. ¿Qué está cambiando con el plan S? (Plan S ) Este curso en línea presenta los requisitos de los financiadores para la ciencia abierta y explora las licencias Creative Commons. Además, será un recordatorio sobre las opciones de acceso abierto para su artículo y las herramientas que lo ayudarán a elegir la mejor manera de publicar en acceso abierto. Ponentes: Violaine Jacq y Pascale Pauplin (SU)

Presentation is available here.

Datos Abiertos

17 lunes Abr 2023

Posted by UVADOC in Datos de investigación

≈ Comentarios desactivados en Datos Abiertos

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Datos Abiertos

Datos Abiertos y Minería de Datos. ¿Qué son? ¿Qué retos existen?

Los datos de investigación deben ser FAIR: findable, accessible, interoperable and reusable. Por lo tanto, deben ser abiertos, accesibles por Internet en un formato legible y reutilizables por máquina, permitiendo la minería de datos para el avance científico. [Fuente: Fesabid] Descargar cartel

Los datos abiertos de investigación por su variedad: el uso de este tipo de contenidos puede estar regulado por varios regímenes legales diferentes. Los datos abiertos de investigación pueden incluir: 

  • ESTADÍSTICAS
  • COLECCIONES DE IMÁGENES DIGITALES
  • GRABACIONES DE SONIDO
  • TRANSCRIPCIONES DE ENTREVISTAS
  • DATOS DE ENCUESTAS
  • OBSERVACIONES DE TRABAJO DE CAMPO CON ANOTACIONES

Los datos de investigación deben ser FAIR
(“findable, interoperable, accessible, and reusable” en sus siglas en
inglés). El cuarto apelativo (“reusable”) apunta a fomentar el uso de
licencias abiertas, como la licencia Creative Commons CC BY o la
apertura al dominio público.
Los datos de investigación abiertos deben ser REUTILIZABLES
lo que nos lleva a otro reto fundamental para el avance científico, el de la minería de datos. La DEMUD ( Directiva Europea sobre los Derechos de Autor en el Mercado Único Digital) incluye en sus artículos 3 y 4 excepciones en favor de la minería de textos y datos, según las cuales, en el caso de bibliotecas universitarias y de investigación. 

Recursos Educativos Abiertos (REA)

17 viernes Mar 2023

Posted by UVADOC in Acceso Abierto

≈ Comentarios desactivados en Recursos Educativos Abiertos (REA)

Propuesta para una política de recursos educativos abiertos (REA)

URI: https://hdl.handle.net/20.500.11967/1199

Fecha:2023

Esta propuesta describe la posición de las universidades asociadas en la Crue Universidades Españolas, de compromiso al impulso de la implementación de la Open Science3 y en concreto a los Recursos Educativos Abiertos (en adelante REA) y proporciona pautas para la práctica en la docencia y el aprendizaje.

REBIUN Línea 2 (4º P.E.) Grupo de Repositorios. Publicado por REBIUN bajo una licencia Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike.4.0

Documento elaborado por: Brigit Nonó Rius – Coordinadora, Cristina Azorín (UAB), Eva Estupiñà (UDL), Jordi Prats (UPC), Sonia Santiago (USAL), Gema Santos (UB), José Antonio Vidal (UPCT)

Esta propuesta de política se enmarca en un plan de Ciencia Abierta que puede comprender diferentes ámbitos como: el acceso abierto, las infraestructuras, recursos educativos, los datos de investigación, código abierto, etc. Describe la posición de las universidades asociadas en la Crue Universidades Españolas, de compromiso al impulso de la implementación de la Open Science y en concreto a los Recursos Educativos Abiertos (REA) y proporciona pautas para la práctica en la docencia y el aprendizaje.

CRUE-REBIUN alienta al personal docente, investigador, administración de las universidades y al estudiantado a usar, crear y publicar REA sostenibles y de calidad para mejorar la experiencia del estudiantado, aumentar la provisión de oportunidades de aprendizaje para todos y mejorar las prácticas docentes. También reconoce que el uso y creación de REA es consistente con la visión y valores de las universidades. Asimismo, esta política contribuirá a la misión de las universidades de promover e implementar la creación, reutilización, revisión, remezcla, redistribución y retención de REA. Y se implementará en coordinación con otras políticas relevantes de la universidad.

Información complementaria:

  • Guía de Recursos Educativos Abiertos: Kit de REA
  • Recursos educativos abiertos: estado de la cuestión y pautas para su impulso en las universidades españolas
  • Semana Educación Abierta: https://www.rebiun.org/acceso-abierto/semana-de-educacion-abierta
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