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El nuevo canon a las universidades: tras la apropiación del canon digital para las copias privadas, la del open access

Javier De-la-Cueva-González-Cotera

El proyecto de reforma del Texto refundido de la Ley de propiedad intelectual aprobado por el Consejo de Ministros el 14 de febrero de 2014 diseña en su favor dos pagos:
Uno, consistente en una tasa sobre los agregadores de noticias (el objetivo principal es gravar el servicio de Google News);
– Otro pago generado mediante la creación de un nuevo canon a las universidades por el uso de obras en el campus virtual. que supone la apropiación de obras licenciadas bajo open access y su administración en el ámbito de los campus virtuales

La actual reforma de la Ley de propiedad intelectual incorpora la novedad de la creación de un canon a las universidades, por la entidad de gestión Cedro.

Se analiza un precedente normativo de la presente reforma legal, consistente en la regulación de la compensación por copia privada, que permitió a las entidades de gestión la apropiación durante años de dinero público. Dicho precedente tiene rasgos comunes con la actual reforma: el canon digital supuso la apropiación de lo público, mientras que el canon sobre las universidades representa la apropiación del procomún.

http://www.elprofesionaldelainformacion.com/contenidos/2014/marzo/11.pdf